Mapa Incidencia Postitiva

Definidas por incidencia viral y densidad poblacional las tres zonas de reactivación comercial


Región 1:  232 municipios que no tienen casos de Covid-19, donde iniciarán con la reincorporación del 60% de los empleados en la Fase 1 y aumentando 20% cada 15 días.

Región 2 contempla los municipios que tienen menos de 30 casos. Aquí se reincorpora el 40% de los trabajadores en la primera fase y aumentará 20% cada dos semanas.

Región 3 son 13 municipios con alta incidencia y alta densidad poblacional, donde se permitirá iniciar con el 20% de los empleados, subiendo cada 15 días hasta alcanzar el 100% para agosto.

PLAN DE ACCIONES PREPARATORIAS FASE CERO

Se establece la necesidad de poner en marcha un Plan de carácter preparatorio que reúna una serie de condiciones para fortalecer la Capacidad de Atención Médica a nivel municipal. Se establece un período de 10 día para el cumplimiento de estas condiciones, mismas que se describen a continuación:

  1. Asegurar la dotación de Equipo de Protección Temporal en el Primero y Segundo Nivel de Atención, para todos los empleados de salud y de apoyo que intervienen en el proceso de atención médica a favor de la población, estableciendo especial énfasis en las Regiones 2 y 3, en donde se encuentra evidencia positiva de Casos COVID19;
  2. Distribución de los Tratamientos Ambulatorios y Hospitalarios en los Centros de Atención COVID19 a nivel nacional, privilegiando la entrega en las Regiones 2 y 3;
  3. Realizar un Tamizaje de Pruebas Rápidas, debidamente aprobadas por la Secretaría de Salud, en las 18 cabeceras departamentales del país, a efectos de validar el comportamiento de la Pandemia en ese nivel de división política;

4.Asegurar acceso a la base de datos del Sistema de Vigilancia de Salud de la Sesal a la Unidad de Epidemiología del SINAGER a efectos de poder conformar una línea de base en el momento de inicio de la Reapertura Económica

  1. Consolidar y asignar recursos financieros a la Sesal para la contratación de personal que atienda las necesidades de relevo por condiciones de retiro, padecimiento de salud o prolongados períodos de servicio.
  2. Establecer en 10% el mínimo de pruebas periódicas a realizar en centros de trabajo, bajo la coordinación del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS.

 

 

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