Hondutel

CN debatirá proyecto para “oxigenar” crisis salarial en Hondutel


El Congreso Nacional realizará hoy el primer debate de Ley para reorientar recursos del Presupuesto General de la República y solventar la crisis que enfrenta la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (Hondutel).

Se trata de un presupuesto de trescientos seis millones ciento diez mil setecientos ochenta y nueve lempiras con sesenta y nueve centavos (L 306,110,789.69) para efectuar el pago de los salarios adeudados.

Los colaboradores de Hondutel han realizado varias protestas en las últimas semanas exigiendo el pago atrasado de más de seis meses.

¿Qué decreta esta Ley?

ARTÍCULO 1.

Se faculta al Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), en el marco de la disciplina presupuestaria, para que identifique, incorpore, asigne o reoriente recursos del Presupuesto General de la República, por la cantidad de TRESCIENTOS SEIS MILLONES CIENTO DIEZ MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE LEMPIRAS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS (L306,110,789.69), para el pago de los salarios adeudados a los empleados de la Empresa Hondureña de las Telecomunicaciones (HONDUTEL) correspondiente a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre, decimotercer mes, decimocuarto mes y sus colaterales del presente ejercicio fiscal. La ejecución presupuestaria serán transferencias corrientes de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (HONDUTEL) a la cuenta que HONDUTEL designe.

ARTÍCULO 2.

Se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) y a la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (HONDUTEL) para crear las partidas presupuestarias de ingresos y gastos necesarios en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República del presente ejercicio fiscal, para el registro de las operaciones derivadas de la aplicación del presente Decreto.

ARTÍCULO 3.

La Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (HONDUTEL) deberá reducir su masa laboral hasta en un 50% durante los próximos 3 años, mediante la implementación de los planes del retiro voluntario y evitando contrataciones de personal innecesarias. Asimismo, la empresa hará una revisión de su estructura salarial y la adecuará a la situación financiera de la empresa.

ARTICULO 4.

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.

 

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