De924f95 0847 498a B405 3d7c0c330e0e

Extradición: Ex alcalde Urbina Soto con luz verde para someterse a la justicia de EEUU


El Juez de Extradición de Primera Instancia resuelve: Conceder la solicitud de extradición de Arnaldo Urbina Soto de nacionalidad hondureña presentada por el Estado de los Estrados Unidos de América a través de la Corte del Distrito para el Distrito Sur de Nueva York solicitada al Estado de Honduras en el marco del Tratado Bilateral celebrando entre ambos países y la Convención Adicional.
Resolución que se toma, luego admitir la certificación del acta del Juicio Oral y Público remitido por el Tribunal de Sentencia con Competencia Nacional en Materia Penal que certifica que no ha sido juzgado en relación a los hechos por el cual le solicita la Corte del Distrito Sur de Nueva York.
El pedido de extradición sometido se basa en:
1) Participar en la conspiración para:
a) Importar una sustancia controlada a los EUA y del territorio aduanero y desde un lugar fuera del mismo.
b) Elaborar y distribuir una sustancia controlada, con la intención y el conocimiento de que dicha sustancia se importaría ilegalmente a los EUA y aguas adentro de unas 12 millas de sus costas desde un lugar fuera del mismo.
c) Elaborar, distribuir y poseer una sustancia controlada estando a bordo de un avión registrado en los EUA en contravención de las Secciones 952, 959, 969 y 963 del Título 21 y la Sección 3238 del Título 18 del Código de los EUA.
2) Participar en una conspiración para usar o portar armas de fuego con el fin de fomentar la conspiración, o poseer armas de fuego durante la conspiración de importación de narcóticos, inculpada en el Cargo Uno de la Acusación Formal en contravención de las Secciones 924 y 3238 del Título 18 del Código de los EUA. Los hechos que dieron origen a los cargos antes mencionados se realizaron entre los años 2005 al 2014.
3) Difereir la entrega de Arnaldo Urbina Soto al estado requirente hasta que terminen los procesos penales incoados en su contra en nuestro país, si fuere absuelto o cumpliere la condena correspondiente según el caso. Y por lo tanto se mantiene el arresto preventivo al extraditable en el Centro Penitenciarío de El Progreso, Yoro.
Se remiten las comunicaciones oficiales a la Secretaria de Estado en Materia de Relaciones Exteriores y Cooperación Externa para que auténtica y certificación de la resolución para que sea remitida a la Embajada de los Estados Unidos de América.
Así mismo la comunicación ala Secretaria de Estado en Materia de Seguridad.

Deja tu comentario