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Abogado establece que si no llegara a haber elección no se crearía un vacío en el MP


Madrid redeminEl director de Seguridad y Justicia, de la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ), Kenneth Madrid, expuso qué dice la ley en caso de presentarse un caso como el que se plantea si es que los diputados no logran consensos para elegir a un nuevo Fiscal General y Adjunto.

Es así como Madrid aclara que no se creará un vacío de poder en la Fiscalía, porque la ley establece el procedimiento a seguir ante la falta de nuevas autoridades en el Ministerio Público (MP), puntualizó.

“Sino está el Fiscal General está el Adjunto, si tampoco éste se encuentra, la responsabilidad recae en el Director de Fiscales y, en dado caso que estos tres cargos estén vacantes entonces es a través de los subdirectores de fiscales”, recordó.

Por lo que insistió en que “bajo ninguna circunstancia se crea un vacío de poder sino se eligen a las autoridades del ministerio Público el día de hoy”, a la vez aclaró que el Congreso Nacional tiene plazo para hacerlo, ya que no lo señala la Constitución.

“De tal manera que si las fuerzas políticas del país no han llegado a un pacto necesario, a diálogos deben seguir haciéndolo, que tomen las mejores decisiones bajo términos consensuados con tranquilidad y no vayan a tomar decisiones a la carrera, arrebatados y vayan a terminar eligiendo a la persona incorrecta”, recomendó Madrid.

Además, el profesional del derecho trajo a colación otra salida que brinda la misma constitución. “Recuerde que el Artículo 80 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo dice que los actuales funcionarios electos por el Congreso Nacional mientras no lleguen sus sustitutos están en la obligatoriedad de permanecer en la institución. Salvo que ellos hayan emitido sus renuncias y que las mismas hayan sido admitidas por el Congreso Nacional”.

Agregó que en el caso del Director de Fiscales, éste debía presentarla ante el Fiscal General o al Adjunto previo a que éstos presenten la propia ante el Congreso nacional.

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