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Ordenan la devolución de bienes a la familia Rosenthal tras revocación judicial

La Corte de Apelaciones de Francisco Morazán  declaró sin lugar la acción de privación definitiva de dominio realizada por el Ministerio Público (MP) sobre los bienes pertenecientes a la familia Rosenthal, revocando así la medida de aseguramiento que afectaba múltiples activos.

El documento declara sin lugar la privación de dominio de los bienes que ostentan los titulares   Yani Benjamín Rosenthal Hidalgo, Jaime Rolando Rosenthal Oliva (QDDG), César Augusto Rosenthal Coello, Edwin Mayer Rosenthal Oliva, William Franklin Hall Micheleti, Plutarco Molina Castellanos (QDDG), Claudia Patricia Madrid Pérez, Luis Fernando Mata Echeverría y Mario Roberto Solís Da Costa Gómez.

Según la resolución judicial, la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI) está obligada a proceder con la devolución de una extensa lista de propiedades y recursos incautados.

Entre los bienes que deben ser devueltos se encuentran empacadoras, cuentas bancarias, dinero en efectivo, más de 130 vehículos, aeronaves, terrenos, inmuebles, semovientes, y otros activos.

La decisión judicial especifica que la privación de dominio sobre los bienes de Yankel Antonio Rosenthal Coello ha sido confirmada, incluyendo los menajes hallados en las propiedades asociadas.

Además, la Corte ha ordenado la revocación de la medida de aseguramiento sobre importantes entidades como Empacadora Continental S.A de C.V, Distribuidora Barrett S.A de C.V, Inversiones y Servicios S.A de C.V, así como los activos del Banco Continental, que fue previamente clausurado por el Estado de Honduras.

La sentencia también instruye la entrega de residenciales, proyectos habitacionales, lotes de terrenos, ranchos, haciendas, y más de una decena de cuentas bancarias que suman una cantidad significativa en lempiras. Se detalla además la devolución de aproximadamente 130 vehículos, la mayoría utilizados para fines de trabajo como camiones y pick-ups, junto con una cantidad específica de dinero en efectivo.

La resolución judicial contempla también la devolución de motos acuáticas y otros bienes, con instrucciones precisas para que la OABI proceda conforme a la Ley de Privación de Dominio en sus artículos pertinentes, asegurando que los bienes sean retornados a sus titulares de derecho o a sus representantes legales debidamente acreditados.

Se ha ordenado la emisión de oficios a diversas instituciones bancarias, el Instituto de la Propiedad, el Registro Mercantil, la Dirección de la Marina Mercante, la Dirección de Aeronáutica Civil, y a la OABI, acompañados de las calificaciones de la pre sentencia correspondientes, para garantizar el cumplimiento efectivo de la decisión judicial.

 

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