Solicitan prisión y multa millonaria para vicealcalde de SPS por calumnias y difamación contra Contreras

Nuevamente se agitan las aguas en el caso de Roberto Contreras y Omar Menjivar y  vuelve a tomar relevancia tras la reciente audiencia de individualización de la pena, donde se solicitaron sanciones severas contra Menjivar.

San Pedro Sula. En la reciente audiencia de individualización de la pena, celebrada en la Sala Quinta del Tribunal de Sentencia de los Juzgados de San Pedro Sula, los abogados de Contreras solicitaron penas de prisión de dos años, tres meses, y una multa de 330 mil lempiras para el vicealcalde.

La petición también incluyó medidas reparatorias, como la publicación de una disculpa pública por parte de Menjívar en los mismos medios donde hizo las acusaciones.

Cabe recordar que el vicealcalde fue declarado culpable el 12 de diciembre del año pasado en un juicio unipersonal por tres delitos de calumnia y tres de difamación mediante publicidad. Las acusaciones fueron emitidas por Menjivar, quien acusó a Contreras de la supuesta sustracción de 20 millones de lempiras de una gerencia municipal.

La jueza que conoció el caso determinó que estas declaraciones afectaron el honor de Contreras y de su familia.

En la individualización de la pena, los abogados de Contreras pidieron que se le impusiera una pena de reclusión de nueve meses por cada ilícito de calumnia, lo que resultaría en un total de dos años y tres meses de prisión.

Además, se solicitó una multa de 750 días a razón de 100 lempiras diarios por cada uno de estos ilícitos, lo que da un total de 2,250 días, lo que equivale a 225,000 lempiras.

En cuanto a los delitos de difamación, los representantes de Contreras pidieron que se impusiera una multa de 350 días a razón de 100 lempiras diarios para cada uno de los tres delitos, lo que totaliza 1,050 días y 105,000 lempiras.

Asimismo, se exigió que Menjivar realice una publicación reparatoria en los mismos medios escritos, radiales y digitales donde realizó las acusaciones. También se solicitó que se le deduzca responsabilidad civil.

El artículo 229 del Código Penal define la injuria como una acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona y menoscaba su fama. El artículo 230 establece que la calumnia es la atribución falsa de un delito con conocimiento de su falsedad, conlleva penas de prisión de 6 meses a 1 año y multas que van de 200 a 1,000 días de salario mínimo.

Además, el artículo 3232 del Código Penal estipula que cuando estas conductas se realizan mediante plataformas digitales o redes sociales, las penas pueden incrementarse de un sexto hasta un noveno.

La sentencia definitiva se dará a conocer el próximo 28 de enero a las 3:00 p.m.

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