Sentencia Contra Rasel Tomé

Justicia hondureña saca de ‘frecuencia’ por seis años a Rasel Tomé


Esto por haber entregado de forma incorrecta una frecuencia de televisión, con lo cual expuso al Estado a ser multado.

La Sala IV del Tribunal de Sentencia condenó este día a tres años de reclusión y seis años de inhabilitación especial al excomisionado de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) y a la vez ex diputado por Libre, Rasel Tomé, lo mismo que a Gustavo Lara López y Edwin Torres Cruz, por el delito de abuso de autoridad.

Recordamos que el exdiputado, junto a los dos excomisionados, fueron declarados culpables por abuso de autoridad el 23 de noviembre de 2018.

La Fiscalía probó que los excomisionados en su cargo adjudicaron la frecuencia del canal 12 a la sociedad Televisora de Honduras S.A. pese a que había un recurso de casación pendiente de resolver.

En fecha 24 de agosto de 2005, la Empresa Eldi S de R. L solicitó ante la CONATEL, autorización para operar una red de Radio Difusión de Televisión en la banda VHF(Canal 12), la que fue denegada mediante resolución emitida el 29 de septiembre de 2005.

Por lo cual, la empresa a través de su apoderado legal, procedió a interponer demanda de nulidad de un acto administrativo, ante el Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en contra de CONATEL, a fin que dicho juzgado decretara la nulidad de la resolución, donde se denegaba la frecuencia de Canal 12.

Es así que en fecha 27 de marzo de 2007, el Juzgado emitió sentencia definitiva favorable a las pretensiones de la empresa Eldi S.de R.L, la que también en fecha 13 de junio de 2007, fue confirmada por la Corte de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo.

Según el Ministerio Público, los excomisionados, en abierta y clara violación de los deberes que, como funcionarios debían guardar en beneficio de los intereses generales de la sociedad, otorgaron la frecuencia de Canal 12 a la sociedad Televisora de Honduras S.A, pese a que estaba pendiente el Recurso de Casación que ellos mismos habían interpuesto ante la Corte Suprema de Justicia a través de los abogados de CONATEL.

Del cual se emitió sentencia once días después de haber otorgado tal frecuencia, siendo lo correcto haber esperado que se emitieran los fallos definitivos en la Corte Suprema de Justicia, para poder determinar si procedía o no otorgar el Canal 12 a otra empresa; exponiendo de esa manera al Estado de Honduras a ser demandado por daños y perjuicios por parte de la Sociedad Televisora de Honduras S.A.

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