Gobierno recuerda a la población y empresas importantes compromisos en reinicio de actividades económicas

Captura HONDURAS


Una de ellas es que las personas mayores de 60 años no están obligadas a presentarse a trabajar, como tampoco pueden ser despedidas por esta razón, mientras no se reanude el transporte público la empresas están obligadas a proporcionarlo a sus trabajadores.

Pero no como lo están haciendo las empresas de seguridad y que nadie las poner en orden, que en carros de ‘paila’ trasladan hasta una docena de guardias y de remate no todos con mascarilla, ¡qué inconciencia de parte de todos!

El Gobierno de la República, a la comunidad nacional, comunica lo siguiente:

1. A partir del lunes 8 de junio se inicia la primera fase de reapertura económica, en la cual se deberán respetar y cumplir las medidas de bioseguridad dictadas en los manuales y protocolos elaborados por la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social.

2. Los protocolos están disponibles para descarga en www.trabajo.gob.hn y en el caso de empresas, industrias o sectores que aún no cuenten con uno específico deberán regir sus operaciones en base al Manual General de Bioseguridad para el Manejo de la Pandemia Covid-19.

3. Las empresas y patronos deberán suministrar a sus trabajadores todo el equipo de protección personal (EPP) estipulado en los protocolos según industria o sector, y los trabajadores que no reciban este equipo no están obligados a laborar ni serán sujetos a sanciones disciplinarias o administrativas para ellos.

4. Las personas mayores de 60 años, embarazadas, hipertensos, diabéticos, con cáncer o con cualquier otra enfermedad de alto riesgo que mantenga comprometido su sistema inmunológico NO estarán obligados a presentarse a laborar y tampoco pueden ser objeto de despido o cualquier otra sanción por ausentismo, debiendo las empresas considerar para ellos las opciones de teletrabajo.

5. Mientras no reinicie operaciones el sistema de transporte público, las empresas están obligadas a proporcionar el medio de transporte a sus trabajadores, antes y después de la jornada laboral.

6. Las empresas deberán hacer su reapertura respetando las disposiciones emitidas por el Gobierno Central y obligatoriamente deben solicitar el salvoconducto a través del portal www.serviciospoliciales.gob.hn

7. La Secretaría de Trabajo y Seguridad Social y la Policía Nacional vigilarán el cumplimiento de las medidas de bioseguridad, garantizando que se mantengan los porcentajes autorizados de empleados en empresas por región, y aquellas que incumplan dichas medidas serán sujetas de sanción o cierre por la autoridad competente.

8. Cada ciudadano es responsable de adoptar las medidas de bioseguridad, contar con su equipo de protección personal y hacer uso adecuado del mismo.

Tegucigalpa, MDC, 5 junio de 2020

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