Directora del CNA: La incorporación de magistrados integrantes es una "arbitrariedad" 

Directora del CNA: La incorporación de magistrados integrantes es una «arbitrariedad» 


La directora ejecutiva del Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), Gabriela Castellanos, opina que la incorporación de magistrados integrantes o suplentes es una "arbitrariedad derivada del consenso de quienes comprometieron la justicia por medio de un pacto político", en el Congreso Nacional. 

En un video, Castellanos dijo que en la madrugada del viernes 17 de febrero, después de que el Congreso Nacional eligiera a los 15 magistrados y magistradas a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para el período 2023, "las recién nombradas autoridades llevaron a cabo su primera sesión dentro del mismo Legislativo, acompañada de una sorpresa para el pueblo hondureño, la inclusión de al menos seis magistrados integrantes, aunque para todos es conocido que es  la misma figura de los suplentes". 

"El artículo 315 de la Constitución de la República exhorta a las y los magistrados electos, que en un lapso de 24 horas deben sostener la primera reunión como pleno, sin embargo, la nueva corte elegida, decidió permanecer en el Congreso Nacional ante la mirada incisiva de quienes comprometieron la justicia por medio de un pacto político", agregó. 

Seguidamente, señaló "que siguiendo los vicios del pasado y cumpliendo con la agenda impuesta por quienes los juramentaron, lograron demostrar una insólita urgencia para aprobar una reforma al reglamento interior de la Corte Suprema, para revivir la figura de magistrados suplentes o Integraciones". 

"Nos genera cierta duda, que una de las acciones inmediatas, fue cumplir la línea del tripartidismo, al repartirse dos suplentes cada uno, decisión que vulnera la independencia de poderes", amplió. 

Añadió, que entre las reformas al reglamento interior de la CSJ, destaca que los magistrados integrantes o suplentes, entrarán en  funciones cuando un propietario no pueda participar en el pleno, según los motivos estipulados, figura que suple la incorporación de los magistrados de la Corte de Apelaciones, costumbre arbitraria de las administraciones anteriores. 

"Pese a que los integrantes ya fueron nombrados es un peligro que la reforma al reglamento permita que se incluyan otros nombres, fuera de los seis ya asignados y de la lista remitida al Congreso Nacional por la Junta Nominadora sin dar más detalles de cómo se integrarían", indicó. 

La titular del CNA, dijo que "es preciso señalar que las actuales son contrarias a lo dispuesto en el artículo 311 de la Constitución de la República, donde establece que los magistrados son electos en el Congreso con el voto favorable de las dos terceras partes, por tanto, la facultad de elegir a los miembros de la Suprema Corte son conferidas a los 128 diputados como el nombramiento de los funcionarios. Tal como el nombramiento de los funcionarios en segundo grado, es decir los titulares del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Superior de Cuentas, Registro Nacional de las Personas, entre otros". 

Alertó que "la función a desempeñar por los integrantes hoy, es idéntica a la ejercida por los propietarios, por ello, el nuevo Poder Judicial no puede elegir sus pares, para la conformación del Pleno, ya que al tratarse de la más importante magistratura, es responsabilidad del Congreso Nacional realizar el nombramiento, siempre y cuando respete la lista restante de los enviados por la Junta Nominadora". 

"Sin embargo, al no estar contemplados los magistrados integrantes o suplentes, el Congreso Nacional tendría que realizar una reforma que dé vía libre a tal posibilidad, de manera que ese poder del Estado debe apegarse al proceso de reforma complejo y riguroso establecido en el artículo 73 del texto constitucional, lo que implicaría entre otras formalidades que el decreto se ratifique en la siguiente legislatura por mayoría calificado", precisó. 

Comentó que para aprobar esta figura, el Congreso Nacional tampoco podrá reformar la Constitución de manera interpretativa, pues no es una atribución que le ha sido conferida, lo que implicaría una violación a la norma suprema. 

No obstante, señaló que la incorporación de los magistrados integrantes o suplentes, no sólo evidencia la falta de independencia y criterio de la nueva CSJ, sino que denota la sumisión de ésta, ante las injerencias de otro poder del Estado. 

"Las decisiones del ente que rectora la justicia en Honduras se deben orientar a fortalecer la institucionalidad y no prestarse a planes arbitrarios para beneficios políticos y criminales como en la anterior Corte", concluyó. 

 

 

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