Villeda Ley

Diputado Mauricio Villeda presenta proyecto de Ley de Descanso Paterno Postnatal


En su exposición de motivos, el legislador considera que el Estado tiene una deuda pendiente, al no haber legislado en favor del descanso y prestación económica postnatal por paternidad.

Villeda expuso que, si bien es cierto que desde 1959 las madres gozan de un período de descanso pre-natal y post-natal, no es similar en el caso de la paternidad, dando origen a una desigualdad respecto a la maternidad.

El diputado Villeda expone que una equiparación redundaría en beneficio de la niñez y de la familia como institución, al posibilitar el cuidado paterno en la primera infancia. Asegura, que para los legisladores del tercer milenio, es un imperativo social el proteger la familia, al reconocer que se han soslayado sus derechos.

Según el planteamiento del proyecto de ley, los padres (varones) tienen derecho, al descanso postnatal retribuido durante 10 días laborales consecutivos, posteriores al parto de su compañera de hogar o su esposa.

Esto mediante la correspondiente acreditación formal, según acta de nacimiento del niño. Ahora bien, si fuera el caso que durante el parto la madre falleciera, el progenitor tendrá derecho al descanso postnatal y a la prestación económica por subsidio de paternidad que establece esta ley.

Además, los trabajadores contratados a tiempo parcial o por hora, también gozarán de estos beneficios y cuando el parto sea múltiple, el beneficio será el mismo por cada uno de los niños.

La ley también porta una salvaguarda. Cuando un supuesto beneficiario hubiese actuado de forma fraudulenta  para obtener los beneficios de esta ley, incurrirá en el delito de fraude, cuya penalización ya estipula el Artículo 240-A del Código Penal vigente.

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