Para este lunes 17 de agosto se programó arranca con la primera fase de la reactivación del transporte aéreo, a la vez que las autoridades dieron a conocer una serie de restricción para los usuarios, por ejemplo el pasajero que va a salir solo puede ser acompañado por una persona y ésta lo dejara justo cuando el pasajero deja el carro para dirigirse a la terminal aérea.
Comunicado N. 15
El gobierno de la República de Honduras en el marco del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo (Sinager) con relación a la primera fase de pilotaje de aeropuertos; a la opinión pública informa:
- A partir de mañana lunes 17 de agosto del 2020, se ha proyectado la activación del transporte aéreo internacional, la cual está condicionada a:
- Análisis y aprobación de un Comité Interinstitucional que verificará los resultados de la apertura con los vuelos nacionales.
- Restricciones de operación en los aeropuertos.
- Nuevos itinerarios consensuados con los diferentes actores de la aviación civil.
- Cumplimiento de las medidas establecidas en el presente comunicado.
- Considerando la necesidad de control durante la emergencia por COVID-19, se determinó el cumplimiento irrestricto de una serie de acciones preventivas, que deben ser acatadas tanto por pasajeros y personal que labora en las terminales aéreas.
- Al momento de ir a dejar pasajeros: En el vehículo solo puede ir el conductor y el pasajero, tendrá un par de minutos para bajar equipaje y despedir al pasajero, no podrá estacionarse ni bajarse del vehículo, al dejar al pasajero en la puerta de entrada destinada en los aeropuertos debe salir del mismo.
A EXCEPCIÓN de los pasajeros con alguna discapacidad o personas de la tercera edad, quienes podrán entrar a las terminales con un acompañante, así como menores de edad quienes deberán entrar acompañados de sus padres o quien tenga la patria potestad por motivos migratorios.
- Al momento de ir a traer pasajeros: En el vehículo solo puede ir el conductor y el pasajero a traer, el conductor puede estacionarse en el parqueo del aeropuerto, pero debe permanecer en el mismo en todo momento; el pasajero debe llegar hasta el vehículo y en ese momento deben abandonar el parqueo del aeropuerto.
- 5. Restricción de ingreso de periodistas a las terminales aeroportuarias, solamente podrán realizar sus entrevistas en el área de estacionamiento.
- Restringir la venta en los diferentes comercios en las terminales de los aeropuertos, así como en las áreas restringidas, incluyendo tiendas, comida, bebida, etc. (FASE 0 en el aeropuerto) de igual manera se prohíben vendedores ambulantes.
- Solo estarán abiertas las farmacias y agencias de banco para cualquier transacción bancaria dentro de los aeropuertos.
- Los lustrabotas y cambistas de moneda local o extranjera no podrán permanecer dentro de las terminales de los aeropuertos, sin embargo, se les designará un área especial en las afuera del aeropuerto.
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones antes descritas será una tarea que desempeñará la Policía Nacional de Honduras y la División de Seguridad Aeroportuaria (DSA) dependiente de la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII).
¡DIOS BENDIGA HONDURAS!
Tegucigalpa M.D.C. 16 de agosto, 2020