En el renovado artículo 44. A partir de su entrada en vigor, cualquier comercio afiliado deberá verificar la identidad del titular y obtener su firma en el momento exacto de la compra.
Tegucigalpa. La Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (AHIBA) alertó este jueves sobre las graves consecuencias que tendría la reforma al Artículo 44 de la Ley de Tarjetas de Crédito, al considerar que la misma “bloquea” los pagos en línea y afecta directamente al consumidor hondureño y a miles de pequeñas empresas que operan en la economía digital.
Según el comunicado oficial, la modificación legal plantea que toda transacción con tarjeta de crédito o débito deberá hacerse “a la vista y en presencia del tarjetahabiente”, incluso cuando se utilicen terminales digitales o POS remotos. Esto implica que quedaría prohibido el uso de tarjetas para pagos en línea, algo que afectará a quienes utilizan servicios de delivery, transporte o compras remotas.
Mipymes, las más golpeadas
AHIBA remarcó que las principales afectadas serían las Mipymes, muchas de las cuales no cuentan con un local físico y dependen completamente de plataformas virtuales y enlaces de pago para vender sus productos y servicios. Esta reforma, dicen, pone en riesgo su sostenibilidad y capacidad de crecimiento.
Retroceso para la economía digital
La Asociación también cuestiona que la medida representa un retroceso en el uso de herramientas digitales que han contribuido a dinamizar distintos sectores de la economía hondureña. “Esta decisión impactará negativamente en el comercio y por ende en la economía del país, frenando su progreso y bienestar”, recalcaron.
La advertencia se da justo cuando Honduras experimenta un aumento en el uso de plataformas de pago en línea y una digitalización creciente del comercio, especialmente tras los efectos de la pandemia.
Reforma
El Congreso Nacional aprobó la noche del miércoles una reforma a los artículos 36 y 44 de la Ley de Tarjetas de Crédito.
En el plano financiero, el nuevo artículo 36 redefine cómo se aplican los pagos: cualquier abono —sea menor, igual o mayor al saldo total del último estado de cuenta— irá primero a cubrir los cargos más antiguos. Con esto, los intereses solo se calculan sobre las compras más recientes que sigan vivas, lo que en teoría rebaja el monto final que el cliente desembolsa por intereses. Pero la letra pequeña trae un matiz: una vez saldado un monto que ya devengó intereses, ese saldo “se reinicia” y se registra como si fuese una transacción nueva en la siguiente fecha de corte, de modo que el banco no pueda volver a aplicar intereses sobre el mismo capital ya gravado.
El cambio más polémico, no obstante, está en el renovado artículo 44. A partir de su entrada en vigor, cualquier comercio afiliado deberá verificar la identidad del titular y obtener su firma en el momento exacto de la compra, aun si la transacción se concreta por internet o mediante un punto de venta virtual.
De esta manera, las emisoras de tarjetas tendrán que forzar a los negocios —desde grandes cadenas hasta pequeños emprendimientos que venden por redes sociales— a exigir la firma presencial del cliente, o al menos una validación física equivalente, cada vez que se use la tarjeta.